UniónBufetes® nos explica los distintos tipos de despidos en España, y cómo funcionan las indemnizaciones con cada uno de ellos
Si has sufrido algún tipo de despedido recientemente y no sabes si tienes o no derecho a una indemnización, UniónBufetes® te explica cuáles son los motivos por los que sí tienes derecho a ella.
El despido es la terminación de la relación laboral entre empresa y trabajador por una decisión unilateral por parte del empleador. Los despidos pueden ser individuales o colectivos, por causas objetivas o disciplinarias y pueden declararse procedentes o improcedentes.
Tipos de despido en España:
- Despido por causas objetivas: son los despidos por causas objetivas, pero siempre justificadas por parte del empresario pues de no hacerlo el despido se calificará como despido improcedente.
- Despidos por causas disciplinarias: está basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Algunos de los incumplimientos contractuales pueden ser el absentismo laboral, desobediencia, abuso de confianza…
- Despidos colectivos: deben ser siempre de tipo objetivo y responder a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. El tamaño de la empresa en cuanto a fuerza laboral es lo que determina el número mínimo de despidos para que estos tengan la consideración de despido colectivo.
- Despido amistoso: es en el que existe un acuerdo entre empresario y empleado que habitualmente concluye con un despido disciplinario procedente al ser la vía que beneficia a ambas partes.
- Despido nulo: un despido puede considerarse nulo cuando atenta contra los derechos fundamentales y libertades reconocidas por la ley como pueden ser despidos por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o edad.
- Despido procedente: el empresario extingue la relación laboral con un trabajador amparándose en derechos y cumplimientos legales, además un juez ha tenido que dar la razón al empresario en la justificación del despido.
- Despido improcedente: en este caso, la justicia da la razón al empleado, lo que significa que este tiene derecho a una compensación económica o a readmisión en el trabajo.
El despido de uno o más empleados debe comunicarse con una antelación de 15 días y por escrito. El trabajador además tiene derecho a impugnar cualquiera de los tipos de despido, y serán declarados como procedentes, improcedentes o nulos, pero tener derecho o no a una indemnización dependerá del motivo del despido y de si es declarado o no improcedente.
Tipos de indemnizaciones según la causa del despido:
- Indemnizaciones de los despidos por causas objetivas: 20 días de sueldo por año trabajado será la indemnización en este caso.
- Indemnizaciones de despido por causa disciplinaria: los empleados con este tipo de despido no tienen derecho ni a indemnización ni a salarios de tramitación mientras un tribunal no considere que la extinción del contrato sea improcedente.
- Indemnizaciones por despido colectivo: a pesar de que el despido sea colectivo, los procesos son distintos para cada individual; por tanto, habrá una negociación entre la empresa y los representantes de los trabajadores y en esta se determinarán las condiciones y cuantías a percibir por parte de los trabajadores.
- Indemnizaciones por fin de contrato: en la Reforma Laboral de 2022 se introdujo una nueva norma que establece una indemnización al finalizar el contrato de 12 días por año trabajado.
Por tanto, es recomendable contar con un abogado especialista en derecho laboral para que te informe de todos los tipos de despidos e indemnizaciones que se pueden dar. En Unión Bufetes podemos ofrecerte asesoramiento legal en estos casos para ayudarte a sobrellevar y manejar una situación tan compleja como es la de ser despedido.
Ana Serantes
Abogada especialista en reclamaciones, derecho laboral, penal y administrativo.
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